Cada vez es más común: una relación termina mal y una de las partes amenaza con difundir fotos o videos íntimos que se compartieron en confianza. Muchas personas creen que no pueden hacer nada al respecto, o que "así es la vida ahora con la tecnología". Eso ya no es así.
¿Qué dice el nuevo Código Penal dominicano?
El nuevo Código Penal (Ley 74-25) incluye por primera vez de forma clara el delito de difusión no consentida de contenido íntimo. Esto significa que:
Compartir, publicar o enviar fotos/videos íntimos de otra persona sin su consentimiento es un delito, aunque la persona te los haya enviado voluntariamente en su momento.
Amenazar con difundirlos también constituye un hecho perseguible penalmente.
La ley también contempla el acoso cibernético y la persecución digital (stalking), que muchas veces acompañan este tipo de situaciones.
¿Qué hacer si te está pasando esto?
- No borres las pruebas. Toma capturas de pantalla de los mensajes, amenazas o contenido ya publicado, con fecha y hora visibles.
- No respondas a las amenazas ni negociaciones directamente con la persona.
- Busca asesoría legal cuanto antes para evaluar tu caso y las acciones a seguir.
- Pon una denuncia formal. Cuanta más evidencia tengas, más fuerte será el proceso.
- No estás sola/o en esto
Este tipo de situaciones generan mucho miedo y vergüenza, pero la ley ya te protege. Si vives algo así o conoces a alguien que lo estás pasando, actuar a tiempo marca la diferencia.
📲Jennifer Cabrera | Abogado Penalista
809-928-6010


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